El plan fiscal – Parte 1

 

El 14 de octubre de 2016, el exgobernador Alejandro García Padilla le sometió a la Junta de Supervisión Fiscal (JSF) un plan fiscal en el que, alegadamente, se proyectaba un déficit acumulado en el presupuesto del Gobierno de Puerto Rico de alrededor de $59,000 millones para los próximos 10 años.  Tomando ese plan como base, y trabajando junto a los mismos consultores del gobierno que lo desarrollaron, el 20 de diciembre de 2016, la JSF le escribió una carta al exgobernador García Padilla y al gobernador Ricardo Rosselló indicando que ese déficit es todavía mayor, señalando que el mismo ascendería a cerca de $68,000 millones.

Ninguna de esas proyecciones son válidas pues ambas se apartan de las estructuras económicas y legales apropiadas dentro de las cuales se debe considerar la situación fiscal gubernamental.  Por el contrario, las mismas se basan en la mala práctica, comenzada con el “Informe Krueger”, de analizar las finanzas públicas a base de un escogido arbitrario de ingresos y gastos que no es consistente con la realidad presupuestaria del Gobierno de Puerto Rico.

La ley PROMESA tiene dos objetivos:  (1)  lograr que el presupuesto del Gobierno de Puerto Rico esté balanceado  y  (2)  conseguir que ese mismo gobierno tenga acceso a los mercados financieros.

Un presupuesto balanceado es uno en el cual los desembolsos se sufragan de los ingresos y, por lo tanto, no se tiene que recurrir a deudas para cubrir parte de los desembolsos.  En Puerto Rico, el gobierno tiene dos conceptos de presupuesto diferentes:  (1)  el presupuesto operacional de gastos que, esencialmente, cubre las agencias del estado que no cuentan con fondos propios y se nutre del Fondo General y (2)  el presupuesto consolidado, que constituye una aglomeración contable del Fondo General, los fondos federales y los presupuestos de las corporaciones públicas.  Solamente en el Fondo General, tal como lo requiere la Constitución de Puerto Rico, aplica el requerimiento de que el presupuesto esté balanceado.  En el presupuesto consolidado, que incluye las corporaciones públicas que tienen que utilizar deudas para financiar sus proyectos de mejoras capitales, el concepto de un presupuesto balanceado no aplica.

Por otra parte, en su carta, la JSF incluye una serie de directrices (e.g., reforma laboral y de beneficencia, reforma energética, reforma contributiva y uso de APPs) cuyo impacto fiscal no cuantifica.  Además, añade una serie de objetivos (e.g., mejorar la educación, mejorar la salud, aumentar la seguridad y reducir el crimen) que, por loables que puedan parecer, se salen del ámbito de los objetivos establecidos por la ley PROMESA.   Al así hacerlo, la JSF se excede de la autorización que le otorga esa ley para adelantar sus preferencias personales y tratar de establecer política pública, lo cual es jurisdicción del gobierno electo en Puerto Rico.

Puerto Rico tiene 18 emisores de deuda.  Para analizar adecuadamente la situación fiscal del Gobierno de Puerto Rico, y para preparar un plan fiscal adecuado, hay que analizar cada uno de esos emisores por separado.  Por limitaciones de espacio, esto lo abordaremos en futuros escritos.  Por el momento, basta hacer tres aseveraciones:  (1)  los millonarios déficits proyectados por el exgobernador García Padilla y la JSF no son correctos;  (2)  el Gobierno de Puerto Rico tiene un problema de liquidez temporero que solamente se puede subsanar con un préstamo a corto plazo;  y  (3)  la deuda pública de Puerto Rico se puede pagar según contratada originalmente.

Es hora ya de que consideremos las finanzas públicas analizando números y dejando a un lado agendas particulares, y las preferencias ideológicas, de cada cual.  Si esto hacemos, los problemas fiscales del Gobierno de Puerto Rico son de fácil solución.  De lo contrario, no habrá forma sensata de salir de este abismo.

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Nota:  Este escrito fue publicado, bajo el título de “Inevitable otro préstamo”, en el periódico El Nuevo Día, 11 de enero de 2017, página 44.

Copyright (Derechos Reservados) © 2017, Carlos A. Colón De Armas