El 16 de enero de 2013, el gobernador García Padilla presentó su primer proyecto de ley. Esa pieza legislativa, para crear la “Ley de Empleos Ahora”, ofrece incentivos dirigidos a cumplir con su promesa de campaña de generar 50,000 empleos en los próximos 18 meses. Veamos un resumen.
Premisa: Luego de que un gobernador toma posesión de su cargo, transcurren varios meses hasta que sus decisiones comienzan a tener efecto. Un tiempo razonable en lo que esto ocurre son los seis meses que toma aprobar y comenzar el primer presupuesto de su cuatrienio. De acuerdo al Bureau of Labor Statistics del Gobierno de los Estados Unidos, en junio de 2009, que es la última cifra de la cual la administración de Aníbal Acevedo Vilá es responsable, en Puerto Rico había 1,123,157 personas empleadas. En diciembre de 2012, el número de personas empleadas había descendido a 1,088,549. Esto significa que los números preliminares apuntan a que durante la administración de Luis Fortuño se perdieron 34,608 empleos. (Para determinar la cantidad precisa hay que esperar a los números de junio de 2013.) No obstante esos datos, la exposición de motivos del proyecto de la “Ley de Empleos Ahora” indica que “más de 150 mil empleos se perdieron en los pasados cuatro años”. Esa premisa es evidentemente falsa.
Proceso alterno para la evaluación y concesión de permisos: El proyecto de ley indica que se crea “un proceso alterno para agilizar la concesión de permisos” para facilitar e incentivar el que se establezcan nuevas empresas y se expandan las existentes. No se especifica, sin embargo, en qué consiste ese “proceso alterno”.
Crédito energético por creación de empleo: Para cubrir parte de su costo de electricidad, se le concede a todo negocio elegible un crédito por las siguientes cantidades: (1) $2,000 por cada empleo incremental creado entre el 1 de enero de 2013 y el 30 de junio de 2013; (2) $1,000 por cada empleo incremental creado entre el 1 de julio de 2013 y el 31 de diciembre de 2013; y (3) $500 por cada empleo incremental creado entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2014.
Incentivos adicionales aplicables a todos los negocios: (1) Exención total de la contribución sobre la propiedad inmueble, por dos años, por adquirir y establecer operaciones en una propiedad en desuso; (2) Exención total sobre la contribución sobre la propiedad mueble por dos años; (3) Reembolso, durante 18 meses, de hasta un máximo del 25% del salario de cada empleado reclutado que haya sido cesanteado por la Ley Núm. 7 del 9 de 20 marzo de 2009 y que no estuviera empleado al 31 de diciembre de 2012; (4) Subsidio salarial de hasta 25% por 18 meses por contratar mujeres mayores de 56 años; (5) Alquiler de propiedades de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico pagando un canon anual de solamente un dólar durante los primeros dos años de arrendamiento.
Incentivos adicionales aplicables a negocios nuevos: (1) Tasa de contribución sobre ingresos preferencial de 10% en el primer año de operación y 15% el segundo año; (2) Podrán deducir las pérdidas netas operacionales incurridas durante los primeros dos años de operación para reducir el ingreso por diez años; (3) Exención total del pago de patentes municipales durante tres semestres; (4) Reembolso del 80% del salario regular pagado a empleados incrementales; y (5) Pago del Bono de Navidad reducido.
Incentivos adicionales aplicables a negocios en desarrollo: (1) Descuento de 50%, por un año, en las primas del Fondo del Seguro del Estado relacionadas con los empleos incrementales; y (2) Por 18 meses, reembolso del 25% del costo de fletes incurridos en la exportación de productos manufacturados en Puerto Rico y el 100% de los fletes incurridos en exportar productos agrícolas de Puerto Rico.
Banco de Desarrollo Económico: Se le ordena atender con prioridad las solicitudes de financiamiento presentadas por negocios cobijados bajo esta Ley.
Como se puede apreciar, aunque el sector privado sea el patrono de los nuevos empleos que se puedan crear, el gobierno cargaría con gran parte del costo de los mismos. Esto podría asestarle un duro golpe al fisco, cuya condición es muy frágil, lo cual tiene el potencial de provocar consecuencias adversas muy severas que pudieran llegar, incluso, a invalidar los beneficios de los empleos que se puedan crear a corto plazo.
Sería un grave error si, por tratar de dar la impresión de estar creando nuevos empleos, empeoramos la ya maltrecha situación económica de forma tal que el remedio termine siendo peor que la enfermedad. De ser así, podríamos estar creando nuevos empleos ahora a cambio de un mayor desempleo después.
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Nota: Este escrito fue publicado en el periódico El Vocero, 25 de enero de 2013, página 20.
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