La crudita y el BGF

La Ley núm. 31 de 25 de junio de 2013 aumentó el arbitrio sobre el petróleo y sus derivados (conocido comúnmente como la “crudita”) de $3.00 por barril, que era su nivel en aquel momento, a $9.25 por barril.  Como justificación para ese aumento, en la exposición de motivos de la Ley núm. 31 se indicó que la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) atravesaba por una situación financiera “precaria” que, además de un déficit operacional, incluía una deuda interina con el Banco Gubernamental de Fomento para Puerto Rico (BGF) que, “al 31 de marzo de 2013, ascendía a $2,163 millones”.  Además, se indicó que el propósito de ese aumento era “para establecer una fuente estable de ingresos para poder atender las necesidades financieras de la ACT”.

Más adelante, la Ley núm. 123 de 3 de agosto de 2014 creó la Autoridad de Transporte Integrado de Puerto Rico (ATI) y autorizó a la ACT a transferirle a ATI “las operaciones, activos, derechos, obligaciones, bienes y fondos relacionados con el Tren Urbano y los programas de transportación colectiva que opera la ACT”.  Para cubrir los gastos operacionales de ATI, durante sus primeros ocho años de operación, la Ley núm. 123 le ordena a la Oficina de Gerencia y Presupuesto a incluir una partida de hasta $30 millones en el Presupuesto General del Gobierno de Puerto Rico.  Además, se creó el “Fondo Especial para el Desarrollo del Transporte Colectivo Integrado”, a nombre y para beneficio de ATI, el cual se nutrirá de los fondos recaudados por concepto de ciertas multas de tránsito.

Así las cosas, la actual administración del Gobierno de Puerto Rico está proponiendo un aumento adicional en el arbitrio sobre el petróleo y sus derivados de $9.25 por barril, que es su nivel actual, a $15.50 por barril.  Como justificación para ese nuevo aumento, en la exposición de motivos del Proyecto de la Cámara 2212, se vuelve a hacer referencia a “la insuficiencia presupuestaria y operacional de la ACT” y a sus deudas con el BGF cuyo balance, según se indica, ascendía a más de $2,200 millones “al 31 de diciembre de 2012”.

Como resultado de la aprobación de las dos leyes indicadas, se supone que se asignó el dinero necesario para pagar la deuda interina que tenía la ACT con el BGF.  Además, se le quitó a la ACT la responsabilidad de sufragar los gastos operacionales de los sistemas de transporte colectivo que operaba como lo son el Tren Urbano y Metrobús y, desde entonces, la operación de esos servicios no depende de los recursos de la ACT.

Si no se aclara en qué se usaron los fondos del primer aumento, ni se ofrecen mejores explicaciones, no se debe aumentar la “crudita”.  Tampoco hay razón alguna para cancelar los servicios de transporte colectivo si no se aprueban nuevos ingresos para la ACT, pues ya no se supone que esa agencia sufrague esos servicios.

Aparentemente, el problema inmediato realmente no es la ACT, sino el BGF.

Para resolver los problemas fiscales del Gobierno de Puerto Rico, es hora ya de comenzar a considerar nuevos posibles cursos de acción.  En el caso del BGF, todo tiende a indicar que ese banco, que en un momento fue pilar del desarrollo económico de la Isla, ha pasado a ser la herramienta que viabilizó el despilfarro de gastos en el gobierno.  Después de todo, es poco probable visualizar que muchos de los gastos públicos que se financiaron con líneas de crédito del BGF se hubieran podido incurrir si el gobierno se hubiera visto forzado a procurar esos mismos préstamos en la banca privada. Por lo tanto, en lugar de tratar de salvar al BGF, quizás llegó el momento de analizar si liquidarlo sería una mejor opción.

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Nota:   Este escrito fue publicado en el periódico El Nuevo Día, 2 de diciembre de 2014, página 41.

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